I. FINIQUITOS. EXTINCIONES CONTRACTUALES
Se tiende a confundir el finiquito con la indemnización por extinción de la relación laboral. Ante todo, hay que tener claro el concepto de finiquito, por ello vamos a explicar de manera sencilla que es el finiquito.
Lo mas importante es saber que el finiquito es la cantidad dineraria que tiene que pagar el empresario cuando finaliza un contrato.
En primer lugar, conocer las formas de finalización de los contratos, puesto que según el tipo de extinción contractual efectuada, dentro del finiquito probablemente podremos encontrar la indemnización o no.
Los contratos finalizan:
1. Por cumplimiento del tiempo pactado, son supuestos de contratos de obra y servicio o temporales, por tanto, debido a esta causa la indemnización no tiene cabida.
2. Voluntad del trabajador, cuando el trabajador decide no continuar en la empresa, bien porque el empresario ha incumplido las condiciones contractuales de su contrato, bien porque ha encontrado otro trabajo. En ese caso, la terminación del contrato puede acarrear una serie de penalizaciones.
3. Voluntad del empresario : despido
a. Objetivo: por causas estructurales de la empresa, por causas económicas, son las mas habituales, a parte de ellas, pocas mas se usan.
b. Disciplinario, por infracciones cometidas por el trabajador.
c. Improcedente. EL empresario no necesita justificar razón alguna para despedir al trabajador.
Mientras que la extinción laboral por cumplimiento del tiempo pactado y por voluntad del trabajador no traen consigo el devengo de indemnización alguna en el cobro del finiquito, en los casos de despido si.
I.A CANTIDADES. El finiquito queda formado por las siguientes cantidades:
1. Indemnización que corresponde a cada tipo de extinción contractual.
a. Objetivo: 20 días por año trabajado
b. Improcedente: 33 días por año trabajado y 45 días para contratos anteriores a febrero de 2012
2. Salario del mes en el que se produce la extinción contractual
3. La parte proporcional a la paga extraordinaria devengada, tener en cuenta que los trabajadores pueden tener dos o tres pagas extraordinarias, o tenerlas prorrateadas en la nómina.
4. La parte proporcional de las vacaciones no disfrutadas
5. En casos de despido objetivo o disciplinario, la cantidad equivalente al preaviso correspondiente. En este caso, pueden existir problemas.
I. B. ESQUEMA. Gracias a esta imagen podemos ver esquemáticamente como queda configurado el finiquito. Solo tienes que pulsar en el icono del centro para que la imagen de la vuelta.
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Por lo tanto, el finiquito, es un concepto mucho mas amplio que la indemnización, que no debe confundirse cuando se hable de extinción contractual o despido, a parte eso, no es necesario conocer mucho mas. No todos los finiquitos traen consigo una indemnización, en consecuencia la indemnización es un concepto mas restrictivo que solo se paga en los casos de despido.